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Legislación › Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

Disposición final cuarta. Delegación en materia de límites de crecimiento de pensiones públicas.

Disposición final cuarta. Delegación en materia de límites de crecimiento de pensiones públicas.

Se autoriza al Gobierno para dictar durante 1989 un Reglamento para la aplicación de las normas limitativas del crecimiento y la percepción de pensiones públicas, recogiendo y desarrollando los criterios establecidos en los artículos cuarenta y seis, cuarenta y siete y cuarenta y ocho de esta Ley.

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