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Legislación › Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.

Artículo 16.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 1999 y la del 3 de abril de 2025. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (43 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 16.
La (Sin contenido)
Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por la disposición final 8.10 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, BOE-A-2025-76, entra en vigor el 3 de abril de 2025, según determina su disposición final 38.1.
Redacción anterior:
"La
planta de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo es la establecida en el anexo VIII de esta Ley. Ley."

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-76 Leer Qué cambió
30 de octubre de 1999 BOE-A-1999-21088 Leer Qué cambió
19 de enero de 1989 Texto original Leer

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