Legislación › Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
Artículo 1.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 1999 y la del 24 de diciembre de 2000.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras).
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Artículo 1.
El Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Juzgados Centrales de Instrucción, los Juzgados Centrales de lo Penal y Penal, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo Contencioso-Administrativo y el Juzgado Central de Menores tienen jurisdicción en toda España.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-76 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2003 | BOE-A-2003-10614 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2000 | BOE-A-2000-23659 | Leer | Qué cambió |
| 30 de octubre de 1999 | BOE-A-1999-21088 | Leer | Qué cambió |
| 19 de enero de 1989 | Texto original | Leer |


