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Legislación › Orden de 23 de diciembre de 1988 por la que se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad de León.

Art. 39.

Art. 39.

En caso de ausencia del Secretario del Consejo, ejercerá sus funciones el Secretario general de la Universidad. En ausencia de este último, actuará de Secretario el Vocal de menor edad.

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