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Legislación › Resolución de 23 de diciembre de 1987, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban las normas de contabilidad de las cajas pagadoras y se establecen los modelos normalizados de cuentas justificativas, en aplicación, respectivamente, de los artículos 8.º 1 y 12.2 del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados «a justificar».

Quinto. Cuentas justificativas.

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Quinto. Cuentas justificativas.
Se aprueban los siguientes modelos de cuentas justificativas, así como las instrucciones para la formación de las mismas.
1.° Cuenta de pagos «a justificar» ordinarios (anexo número 7).
2.° Cuenta global justificativa de anticipos de caja fija (anexo número 8).
3.° Cuenta parcial para reposición/cancelación de anticipos de caja fija (anexo número 9).
Téngase en cuenta que las Cuentas Justificativas de anticipos de Caja fija aprobadas en este punto, apartados 2º y 3º, de la presente Resolución, se sustituyen por la Cuenta justificativa para reposición de fondos que figura en el anexo V de la Resolución de 14 de septiembre de 1989. BOE-A-1989-23348, según se establece el punto II.2 de la misma.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 1989 En vigor BOE-A-1989-23348 Leer Qué cambió
21 de enero de 1988 Texto original Leer

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