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Legislación › Ley 13/1987, de 29 de diciembre, por la que se determina la sede de las Instituciones de Autogobierno de Castilla y León.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

Las Cortes de Castilla y León determinarán su ubicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo único, conforme al procedimiento establecido en su propio Reglamento.

En tanto no se produzca dicha ubicación en la ciudad de Valladolid, se mantendrá como sede la actualmente establecida en el Castillo de Fuensaldaña.

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