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Legislación › Orden de 8 de febrero de 1988 por la que se establecen los distintivos, carnet profesional, placa-emblema y divisas del Cuerpo Nacional de Policía.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de diciembre de 1988 y la del 29 de marzo de 2007. Tachado: lo que se quitó (202 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Anexo II
Carné de altos cargos
Tipo B:
El C.A.C. se ajustará al modelo que se adjunta, con arreglo a las siguientes características:
Anverso: Sobre fondo blanco tramado en color sepia llevará impreso en el margen superior izquierdo el Escudo Constitucional y centrada la leyenda «Dirección General de la Policía», en tres líneas. Dispondrá, asímismo, de dos reservas en blanco para los siguientes datos:
Cargo.
Número de identificación personal.
Centrado llevará un recuadro en blanco de 31 x 26 milímetros, reservado para la colocación de la fotografía, que deberá ser hecha en color, a medio busto, de frente y descubierto, sin gafas oscuras y con traje. En el margen inferior llevará la antefirma y firma del Director general de la Policía.
(Figuras b-1 y b-3).
Reverso: Sobre fondo tramado, en el mismo color que el anverso llevará cinco reservas en blanco para rellenar los siguientes datos:
Primer apellido.
Segundo apellido.
Nombre (simple o compuesto).
Número del documento nacional de identidad.
Fecha de expedición.
La firma del interesado figurará en una reserva en blanco sobre Ia que se consignará la leyenda "El titular".
Inmediatamente debajo figurarán unas instrucciones para mostrar a las autoridades correspondientes.
(Figuras b-2 y b-4).
CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN PARA ALTOS CARGOS
Tipo B
Escala en mm.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-6604 Leer Qué cambió
18 de diciembre de 1988 BOE-A-1988-27367 Leer Qué cambió
10 de marzo de 1988 Texto original Leer

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