Legislación › Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos.
Art. 26.
Art. 26.
Corresponde a la Administración que faculte el ejercicio de los Laboratorios de Contrastación aprobar, en su caso, las tarifas que han de ser aplicadas por el análisis y contraste de objetos fabricados con metales preciosos.


