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Legislación › Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Artículo 7.

Artículo 7.

Serán aplicables al funcionamiento de la Comisión de Gobierno los preceptos relativos al Pleno en cuanto se refieren a la convocatoria, constitución, deliberaciones y levantamiento de actas.

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