Legislación › Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Artículo 7.
Artículo 7.
Serán aplicables al funcionamiento de la Comisión de Gobierno los preceptos relativos al Pleno en cuanto se refieren a la convocatoria, constitución, deliberaciones y levantamiento de actas.


