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Legislación › Orden 40/1989, de 26 de abril, por la que se aprueba el Reglamento de Normalización Militar.

CAPÍTULO 6

CAPÍTULO 6

Organismos de la Normalización Militar

6.1 Misión.–Planear, dirigir, coordinar, elaborar y distribuir las normas necesarias para las Fuerzas Armadas, Organos Centrales del MINISDEF y Guardia Civil en su dependencia del MINISDEF, mantenerlas actualizadas y vigilar su cumplimiento.

6.2 Organización.–Se componen de dos clases de Organismos: De dirección y de coordinación, y de ejecución, estructurados en cuatro escalones:

Cuarto Escalón: SDG.NORCAT-CINM. Servicio de Normalización del MINISDEF.

Tercer Escalón: Jefatura Organismo de Normalización en los Organos Centales del MINISDEF, Ejércitos y Guardia Civil-Comisión de Normalización.

Segundo Escalón: Departamento, Centro o Sección de Normalización de los Terceros Escalones.

Primer Escalón: Oficinas de Normalización de los Segundos Escalones.

El de dirección y coordinación es la SDG.NORCAT, y los de ejecución son los Organismos de Normalización en cada uno de los Ejércitos, Organos Centrales del MINISDEF, así como en la Guardia Civil en su dependencia del MINISDEF.

6.3 Funcionamiento.–Los Organismos de Normalización de cada Ejército, Organos Centrales del MINISDEF y Guardia Civil actuarán con autonomía. No obstante, serán dirigidos y coordinados por la SDG.NORCAT.

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