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Legislación › Orden 40/1989, de 26 de abril, por la que se aprueba el Reglamento de Normalización Militar.

CAPÍTULO 8

CAPÍTULO 8

Organismos de Normalización en los Ejércitos y en los Organos Centrales del MINISDEF

8.1 Misión:

Elaborar la propuesta del Plan Anual de Normalización de su respectivo Ejército y Organo Central del MINISDEF y remitirla a la SDG.NORCAT para la confección del Plan Anual de Normalización del MINISDEF.

Elaborar las propuestas de normas de su respectivo Ejército y Organo Central del MINISDEF y remitirlas al SDG.NORCAT para coordinación.

Editar las normas cuyas propuestas haya elaborado.

Mantener actualizadas las normas que haya elaborado.

Proponer sean declaradas de obligado cumplimiento otras normas elaboradas por Entidades españolas que interesen a su Ejército y Organo Central del MINISDEF.

Podrá proponer la implantación y ratificación de los Acuerdos de Normalización OTAN (STANAGs) de materiales y administrativos que correspondan, que interesen a su Ejército y Organo Central del MINISDEF.

Comprobar el grado de aplicación de las normas en las actividades relacionadas con las mismas.

8.2 Organización.–Los Organismos de Normalización de cada Ejército y en los Organos Centrales del MINISDEF se compondrán de:

Tercer Escalón: Jefatura del Organismo.

Segundo Escalón: Departamento, Centro o Sección.

Primer Escalón: Oficinas de Normalización.

Como Organo de apoyo del Tercer Escalón existirá la Comisión de Normalización.

8.3 Funcionamiento.–Cada Organismo de Normalización desarrollará independientemente la labor que en el Plan de Normalización se le haya asignado hasta llegar a la fase de coordinación, en la que actuará a través del Servicio de Normalización del MINISDEF.

8.4 Jefatura de los Organismos. Tercer Escalón.–Será desempeñada por quien designe el Jefe del Estado Mayor del respectivo Ejército y Director general de Armamento y Material, auxiliado por los elementos que estime necesarios para el cumplimiento de su misión.

8.4.1 Misión de la Jefatura de los Organismos:

Garantizar que los respectivos planes de normalización son los adecuados y están de acuerdo con los medios disponibles, con las directrices de su Ejército, Organo Central del MINISDEF, las de la SDG.NORCAT y con los convenios internacionales ratificados.

Informar sobre el grado de aplicación de los documentos de normalización, en las actividades de los Ejércitos y Organos Centrales del MINISDEF.

Proponer la organización adecuada para mantener los Organismos de Normalización en estado de eficacia apropiado para desarrollar y ejecutar los planes de normalización.

Asegurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en normas y documentos análogos, declarados de obligado cumplimiento para las FAS y Organos Centrales del MINISDEF.

Mantener relaciones directas con los diversos órganos de trabajo del Organismo de Normalización, con la SDG.NORCAT y con los Organismos de Normalización de los otros Ejércitos, Organos Centrales del MINISDEF y de la Guardia Civil.

Presidir la Comisión de Normalización de su Organismo. Formar parte como Vocal de la CINM.

8.5 Comisión de Normalización:

8.5.1 Misión: Actuar como órgano de apoyo del Tercer Escalón.

8.5.2 Organización: Será presidida por el Jefe del Organismo de Normalización y formarán parte de la misma, como Vocales, los Presidentes de los órganos del Primer Escalón que sean convocados, actuando como Secretario el Jefe del Segundo Escalón.

Se podrán citar a la reunión a los Jefes, Oficiales y Técnicos que por su especialidad interese sean escuchados para los correspondientes dictámenes. Los Secretarios de los órganos del Primer Escalón asistirán siempre que se trate de propuestas elaboradas por los mismos.

8.5.3 Funcionamiento:

Las convocatorias se realizarán con la debida antelación y se unirá a las mismas el orden del día de la reunión. Serán convocadas por el Presidente directamente o por medio del Secretario.

El Secretario levantará Acta de las reuniones que se celebren. Las Actas serán autorizadas con la firma del Secretario y el visto bueno del Presidente.

8.6 Segundo Escalón de Normalización.

8.6.1 Misión:

Distribuir y coordinar los trabajos del Primer Escalón garantizando que se cumplen el Reglamento y Manual de Normalización Militar.

Convocar las ponencias que se estime oportuno para el desarrollo de su cometido.

Elevar las propuestas a la Jefatura del Organismo de Normalización. Tercer Escalón.

Proponer la clasificación y numeración de las propuestas de norma. Editar las normas elaboradas por el Organismo.

Distribuir las normas por él editadas y aquellas otras que afecten a su Ejército y Organos Centrales del MINLSDEF.

Supervisar que se cumple lo indicado en el punto 4.4.

Editar el catálogo de normas que afecten a su Ejército y Organo Central del MINISDEF.

8.6.2 Organización: El Jefe del Segundo Escalón, será el Segundo Jefe del Organismo de Normalización. También desempeñará el cargo de Secretario de la Comisión de Normalización y formará parte como Vocal de la Ponencia de Trabajo Delegada de la CINM, representando a su Organismo.

El personal de plantilla del Segundo Escalón no podrá desempeñar ningún otro cometido ajeno a la Normalización.

8.6.3 Funcionamiento: El Segundo Escalón dependerá de la Jefatura del Organismo, manteniendo relación de servicio directamente con las Oficinas de Normalización.

8.7 Oficinas de Normalización. Primer Escalón.

8.7.1 Misión:

La principal consiste en estimular los trabajos de Normalización en los Organismos en que están enclavadas, creando en ellos un ambiente adecuado para los mismos y canalizando bacia el Organismo de Normalización todas las iniciativas y trabajos que se propongan o realicen, dándoles la forma reglamentaria.

Elaborar los contenidos técnicos de las propuestas de normas que le sean encomendadas por el Segundo Escalón.

Proponer a la Jefatura del Organismo de Normalización aquellos asuntos de interés, que puedan ser convertidos en propuestas, así como la revisión de las normas que fueron elaboradas por ella.

Mantener al día la colección de normas recibidas del Segundo Escalón.

8.7.2 Organización: Cada Oficina estará constituida por un Presidente, varios Vocales y un Secretario. El primero y el último serán, precisamente, de la plantilla del Organismo en que radique la Oficina y sus nombramientos serán publicados en el «Boletín Oficial de Defensa», a propuesta del Jefe del Organismo de Normalización. Tercer Escalón.

El Secretario tendrá la misión de coordinar su Oficina con el Segundo Escalón y actuará como tal en las ponencias internas de su Oficina. Tal misión tendrá carácter preferente a cualquier otra ajena a la Normalización.

Sin perjuicio de la existencia de Vocales fijos, el Presidente podrá convocar, para que actúen como tales en determinados casos, y en calidad de especialistas, a otros Jefes y Oficiales, técnicos civiles o industriales.

8.7.3 Funcionamiento: Se relacionará directamente con el segundo escalón de su Ejército u Organo Central del MINISDEF, del que recibirá directrices y al que elevará las propuestas que redacte.

Para elaborar las propuestas se seguirá el sistema de reuniones por ponencias, con la composición indicada.

Deberá tener informada a la Jefatura de la Dirección General, Servicio u Organismo en que se encuentre, de los trabajos que realice sobre Normalización.

A fin de establecer la debida coordinación en la ejecución de los trabajos, las Oficinas de Normalización estarán en contacto directo con las Direcciones Generales, Servicios u Organismos técnicos de los Ejércitos y de los Organismos Centrales en que aquéllas se encuentren.

Estos Centros u Organismos estarán obligados a prestarles toda la ayuda que precisen para el mejor desempeño de su labor normalizadora, proporcionándole todos los datos técnicos y estudios básicos para que sea redactada en principio y estudiada la propuesta en la ponencia de la Oficina correspondiente.

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