Legislación › Orden 40/1989, de 26 de abril, por la que se aprueba el Reglamento de Normalización Militar.
Segundo.
Segundo.
El Secretario de Estado de la Defensa, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y el Director General de la Guardia Civil, propondrán a mi autoridad, en el plazo de seis meses, la organización del Tercer, Segundo y Primer Escalón de sus respectivos Organismos de Normalización en el ámbito de su competencia.


