Legislación › Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia.
Art. 5.
Art. 5.
Las comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades de municipios y Entidades territoriales de ámbito inferior al municipal en la Región de Murcia, tendrán las potestades que la legislación básica del Estado reconoce a los municipios, conforme a lo dispuesto en esta Ley.


