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Legislación › Real Decreto 479/1989, de 5 de mayo, por el que se regula la composición y el procedimiento de actuación de la Comisión Arbitral de Propiedad Intelectual.

Art. 27.

Art. 27.

La decisión arbitral resolutoria del conflicto requerirá la asistencia de todos los árbitros, se dictará en equidad y será escrita y motivada.

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