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Legislación › Real Decreto 1593/1988, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, formación, promoción y perfeccionamiento de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

El Ministro del Interior, oído el Consejo de Policía, aprobará los Reglamentos de los Centros docentes de la Dirección General de la Policía, así como las restantes disposiciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de la normativa reglamentaria a que se refiere el artículo único.

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