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Legislación › Ley 3/1989, de 21 de abril del Himno de Aragón.

Artículo 2.

Artículo 2.

El Himno de Aragón habrá de ser interpretado en aquellos actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por la Comunidad Autónoma y por las entidades locales aragonesas.

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