Legislación › Ley 3/1989, de 21 de abril del Himno de Aragón.
Artículo 2.
Artículo 2.
El Himno de Aragón habrá de ser interpretado en aquellos actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por la Comunidad Autónoma y por las entidades locales aragonesas.


