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Legislación › Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid.

Artículo 4.

Artículo 4.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días, si radica en la misma localidad, o de veinte días si radica en distinta localidad.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la resolución comporta el reingreso en el servicio activo, el plazo de la toma de posesión deberá computarse desde su publicación.

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