Legislación › Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid.
Artículo 4.
Artículo 4.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días, si radica en la misma localidad, o de veinte días si radica en distinta localidad.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de la resolución del concurso. Si la resolución comporta el reingreso en el servicio activo, el plazo de la toma de posesión deberá computarse desde su publicación.


