Legislación › Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Disposición transitoria cuarta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 1989 y la del 28 de julio de 2017.
Tachado: lo que se quitó (23 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición transitoria cuarta.
La Audiencia de Cuentas de Canarias comenzará el ejercicio de sus funciones en enero de 1990, coincidiendo con el inicio del ejercicio presupuestario. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de julio de 2017 En vigor | BOE-A-2017-10296 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 1989 | Texto original | Leer |
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