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Legislación › Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias.

Disposición transitoria quinta.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 1989 y la del 28 de julio de 2017. Tachado: lo que se quitó (47 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria quinta.
Dentro del cuarto mes anterior a la fecha en que se cumplan los tres años del nombramiento de los primeros Auditores de Cuentas, la Comisión de Presupuestos y Hacienda del Parlamento de Canarias procederá, por sorteo, a la designación de los tres que hayan de ser renovados. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de julio de 2017 En vigor BOE-A-2017-10296 Leer Qué cambió
9 de mayo de 1989 Texto original Leer

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