LexTotal

Legislación › Ley 3/1989, de 13 de abril, por la que se determina la capitalidad de los partidos judiciales en la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 1.

Artículo 1.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35, número 6, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se determina la capitalidad de los partidos judiciales en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, conforme a la delimitación dada a éstos por la Ley de Demarcación y de Planta, en Municipios que figuran en el anexo de esta Ley.

Índice Disposición final →