Legislación › Ley 10/1988, de 11 de noviembre, de Financiación del Plan de Saneamiento del Río Segura en la Región de Murcia.
Artículo 2.
Artículo 2.
1. En las Leyes de Presupuestos para cada año, la Comunidad Autónoma concretará los gastos a ejecutar en cada anualidad y la financiación correspondiente a los mismos.
2. La Comunidad Autónoma aplicará, preferentemente, a la financiación de los proyectos de inversión contenidos en el Plan de Saneamiento y Recuperación del río Segura, los recursos financieros que pudieran corresponder a esta Comunidad, procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.


