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Legislación › Ley 7/1988, de 5 de diciembre, por la que se reorganiza el Instituto de Estudios Asturianos.

Art. 8.º

Art. 8.º

La distinción de miembro emérito recaerá sobre los miembros numerarios permanentes, y de forma vitalicia, al cumplir la edad de setenta y cinco años. Participarán en todas las actividades del IDEA y en el Consejo General, con voz pero sin voto.

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