Legislación › Ley 7/1988, de 5 de diciembre, por la que se reorganiza el Instituto de Estudios Asturianos.
Art. 8.º
Art. 8.º
La distinción de miembro emérito recaerá sobre los miembros numerarios permanentes, y de forma vitalicia, al cumplir la edad de setenta y cinco años. Participarán en todas las actividades del IDEA y en el Consejo General, con voz pero sin voto.


