Legislación › Real Decreto 844/1989, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con el dominio público radioeléctrico y los servicios de valor añadido que utilicen dicho dominio.
Art. 36.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de julio de 1989 y la del 15 de abril de 2000.
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Art. 36.
1. Toda concesión se otorgará con carácter temporal y plazo no superior a diez años prorrogables, dentro de tus límites que se establezcan en el Cuadro Nacional de Atribución o Pliegos de Bases de Adjudicación, sin que en ningún caso pueda exceder de treinta. (Derogado)
2. El otorgamiento de la concesión no exime de cualesquiera otras obligaciones a que el concesionario venga obligado por otras normas legales
3. Cuando para el normal funcionamiento de una concesión fuere absolutamente necesario la realización de obras, cuyo coste no pueda ser amortizado dentro del plazo de la concesión, ésta podrá prorrogarse por el plazo preciso para que las obras puedan amortizarse.
4. Si el concesionario deseare prorrogar la concesión deberá solicitarlo, con un mes de antelación a la finalización de la misma. En el caso de que la Administración no hubiere resuelto el expediente antes del vencimiento del plazo, ésta se entenderá prorrogada hasta tanto recaiga resolución por parte de la Administración, sin que, en ningún caso, pueda exceder el límite señalado en el aparado 1.
5. La Administración en función de lo dispuesto en los artículos 23.2 y 28.3 de la Ley 31/1917, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones podrá:
a) Acordar la prórroga solicitada.
b) Denegarla, sin perjuicio, en su caso, de lo establecido en el apartado 3.
c) Ofrecer al interesado una nueva concesión, en los términos que resulten técnicamente viables de acuerdo con los citados preceptos legales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de abril de 2000 En vigor | BOE-A-2000-4917 | Leer | Qué cambió |
| 14 de julio de 1989 | Texto original | Leer |


