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Legislación › Real Decreto 927/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo.

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera.

Los órganos colegiados del Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo deberán quedar constituidos en el plazo de nueve meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto.

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