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Legislación › Real Decreto 997/1989, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía.

Artículo 24.

Artículo 24.

Los puestos de trabajo que ocupa el personal contratado temporalmente como especialista en régimen laboral se proveerán conforme a lo previsto en la normativa específica.

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