LexTotal

Legislación › Real Decreto 997/1989, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía.

Artículo 3.

Artículo 3.

1. Los puestos de trabajo se proveerán por los procedimientos de concurso general de méritos, concurso específico de méritos o libre designación, según lo previsto en este Reglamento y en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

2. El concurso general de méritos será el procedimiento ordinario de provisión. En él se tendrán en cuenta la antigüedad y los méritos con arreglo a lo señalado en el artículo 19 y en el baremo que al efecto se establezca por el Ministro del Interior.

3. Por el procedimiento de concurso específico de méritos se proveerán los puestos de trabajo a que se refiere el artículo 7.° del presente Reglamento.

4. Podrán proveerse mediante el procedimiento de libre designación los puestos de trabajo que, por su carácter directivo o de especial responsabilidad, tengan expresamente atribuido tal sistema de provisión en la relación de puestos de trabajo, conforme a lo previsto en el artículo siguiente.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →