Legislación › Orden de 26 de julio de 1989 por la que se dictan normas para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija.
ANEXO I
ANEXO I
Al amparo de lo que establece el artículo 79.7 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria y el artículo 2.º 1 del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, el Ministerio de ..........................................tiene establecido el sistema de anticipo de Caja fija.
A tal fin, interesa de V. I. la realización de pagos extrapresupuestarios a favor de las siguientes Pagadurías, Cajas o Habilitaciones y por los importes que se indican como anticipo de Caja fija o modificación de anticipo de Caja fija dentro del límite del 7 por 100 a que alude el precepto legal antes citado.
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C. 1 |
Pagaduria, Caja o Habilitacion |
Importe |
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Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . |
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En ............................ a .............. de ............................... de 19 .......
El .....................................................
Ilmo. Sr. Director general del Tesoro y Política Financiera o Ilmo. Sr. Delegado de Hacienda de ...................................................................................................................


