Legislación › Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
Artículo 25.
Artículo 25.
Las acciones u omisiones que infrinjan las normas de los espacios naturales protegidos o contravengan los actos administrativos dictados en su ejecución, serán sancionadas de conformidad con la legislación específica que, a tenor de la naturaleza de la infracción, resulte aplicable.


