Legislación › Ley 8/1989, de 13 de julio, de creación del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 3.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de agosto de 2024 y la del 2 de julio de 2025. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 3.
1. Para ingresar en el Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente se exigirá estar en posesión del título de bachiller o técnico.
2. El sistema de ingreso será el de concurso-oposición. En la fase de concurso se valorarán los méritos académicos. La fase de oposición constará de una prueba de conocimientos específicos, otra práctica y de un examen de aptitud física.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-15655 | Leer | Qué cambió |
| 13 de agosto de 2024 | BOE-A-2024-23637 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2002 | BOE-A-2002-7712 | Leer | Qué cambió |
| 20 de julio de 1989 | Texto original | Leer |


