LexTotal

Legislación › Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.

Disposición transitoria cuarta.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de septiembre de 1989 y la del 23 de enero de 2000. Tachado: lo que se quitó (34 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria cuarta.
Lo dispuesto en el número 5.4 del artículo 2.º del presente Real Decreto sólo será de aplicación a los concursos que se convoquen a partir de la fecha de entrada en vigor del mismo. (Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de enero de 2000 En vigor BOE-A-2000-1353 Leer Qué cambió
10 de septiembre de 1989 Texto original Leer

← Disposición transitoria tercera Índice Disposición transitoria quinta →