LexTotal

Legislación › Orden de 20 de julio de 1989 sobre deteminados modelos de fe de vida y estado y certificaciones en extracto y literales de las actas del Registro.

Artículo 3.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de noviembre de 1989 y la del 4 de marzo de 2006. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 3.
Las ediciones del Libro de Familia comprenderán, además de las tapas con su nombre y el Escudo de España, 24 páginas con los textos que se unen y aprueban, como modelo número 18. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de marzo de 2006 En vigor BOE-A-2006-3764 Leer Qué cambió
1 de noviembre de 1989 Texto original Leer

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →