Legislación › Ley Foral 4/1989, de 12 de mayo, sobre capitalidad de los partidos judiciales de Navarra.
Artículo 3.
Artículo 3.
Se establece en el municipio de Tudela la capitalidad del partido judicial cuyo ámbito territorial está integrado por el de los municipios de Ablitas, Arguedas, Barrillas, Buñuel, Cabanillas, Cadreita, Carcastillo, Cascante, Castejón, Cientruénigo, Corella, Cortes, Fitero, Fontellas, Fustiñana, Mélida, Monteagudo, Murchante, Ribaforada, Tudela, Tulebras, Valtierra y Villafranca.


