LexTotal

Legislación › Real Decreto 1219/1989, de 29 de septiembre, sobre la consideración de Suboficial de los Cabos y Guardias de la Guardia Civil en situación de retiro.

Primera.

Primera.

Se faculta a los Ministros de Defensa y del Interior para que, dentro de sus respectivas competencias, dicten las disposiciones que sean necesarias para la mejor aplicación de lo establecido en el presente Real Decreto.

← DISPOSICIÓN DEROGATORIA Índice Segunda →