Legislación › Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
Artículo 72.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de noviembre de 1991 y la del 7 de octubre de 1992.
Tachado: lo que se quitó (36 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Artículo 72.
Cuando las normas incluyan el régimen sobre seguridad humana y salud de las personas en los lugares de baño, el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo los someterá a informe del órgano competente en dicha materia. (Sin contenido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 1992 En vigor | BOE-A-1992-22411 | Leer | Qué cambió |
| 15 de noviembre de 1991 | BOE-A-1991-27590 | Leer | Qué cambió |
| 13 de diciembre de 1989 | Texto original | Leer |


