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Legislación › Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Artículo 92.

Artículo 92.

El estudio básico de dinámica litoral a que se refiere el artículo 91.3 se acompañará como anejo a la Memoria, y comprenderá los siguientes aspectos:

a) Estudio de la capacidad de transporte litoral.

b) Balance sedimentario y evolución de la línea de costa, tanto anterior como previsible.

c) Clima marítimo, incluyendo estadísticas de oleaje y temporales direccionales y escalares.

d) Batimetría hasta zonas del fondo que no resulten modificadas, y forma de equilibrio, en planta y perfil, del tramo de costas afectado.

e) Naturaleza geológica de los fondos.

f) Condiciones de la biosfera submarina.

g) Recursos disponibles de áridos y canteras y su idoneidad, previsión de dragados o trasvases de arenas.

h) Plan de seguimiento de las actuaciones previstas.

i) Propuesta para la minimización, en su caso, de la incidencia de las obras y posibles medidas correctoras y compensatorias.

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