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Legislación › Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos.

Disposición adicional tercera.

Disposición adicional tercera.

Lo establecido en este Reglamento se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación sobre producción, gestión y transporte transfronterizo de residuos tóxicos y peligrosos.

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