Legislación › Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, Reguladora de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
1. Se faculta al Gobierno de Navarra para dictar las disposiciones de desarrollo y ejecución de lo establecido en esta Ley Foral y para distribuir entre sus órganos las facultades que la misma le atribuye.
2. En el plazo máximo de un año se establecerá reglamentariamente el catálogo de los espectáculos públicos y actividades recreativas sometidos a esta Ley Foral, el cual deberá definir las diversas actividades en relación a sus características propias.


