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Legislación › Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.

Artículo 252.

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Artículo 252.
Los autos en los que se acuerde el sobreseimiento del procedimiento se notificarán a las partes dentro del plazo de los cinco días siguientes al de la fecha en que se hubieran dictado. En el mismo plazo se notificará a los Mandos Militares Superiores a que se refieren los artículos 111 y 112 de la Ley Orgánica de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar los autos de sobreseimiento definitivos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
17 de julio de 2003 En vigor BOE-A-2003-14186 Leer Qué cambió
8 de mayo de 1989 Texto original Leer

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