Legislación › Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
Artículo 466.
Artículo 466.
Las Autoridades y Mandos competentes para resolver los recursos en vía disciplinaria, dictarán resolución en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la recepción de la interposición.


