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Legislación › Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.

Artículo 466.

Artículo 466.

Las Autoridades y Mandos competentes para resolver los recursos en vía disciplinaria, dictarán resolución en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la recepción de la interposición.

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