LexTotal

Legislación › Orden de 31 de marzo de 1989 por la que se faculta al Banco de España para establecer y modificar las normas contables de las Entidades de Crédito.

Quinto.

Quinto.

Los estados de carácter reservado estarán sujetos a lo dispuesto en el artículo 6.º del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio. La excepción que en éste se hace a la publicación de datos agregados a efectos estadísticos, debe entenderse referida tanto a la publicación en forma global como por categorías de Entidades.

← Cuarto Índice Sexto →