Legislación › Orden de 31 de marzo de 1989 por la que se faculta al Banco de España para establecer y modificar las normas contables de las Entidades de Crédito.
Séptimo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 1989 y la del 1 de marzo de 1998.
Tachado: lo que se quitó (68 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Séptimo.
Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a los estados contables y normas sobre información financiera a que se refiere el artículo 46 del Real Decreto 1885/1978, de 26 de julio, sobre régimen jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca, cuyo control e inspección ha sido encomendado al Banco de España en el apartado 3, del artículo 43 de la Ley 26/1988, de 29 de julio. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de marzo de 1998 En vigor | BOE-A-1998-3728 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 1989 | Texto original | Leer |


