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Legislación › Orden de 31 de marzo de 1989 por la que se faculta al Banco de España para establecer y modificar las normas contables de las Entidades de Crédito.

Séptimo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 1989 y la del 1 de marzo de 1998. Tachado: lo que se quitó (68 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Séptimo.
Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a los estados contables y normas sobre información financiera a que se refiere el artículo 46 del Real Decreto 1885/1978, de 26 de julio, sobre régimen jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca, cuyo control e inspección ha sido encomendado al Banco de España en el apartado 3, del artículo 43 de la Ley 26/1988, de 29 de julio. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de marzo de 1998 En vigor BOE-A-1998-3728 Leer Qué cambió
12 de mayo de 1989 Texto original Leer

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