Legislación › Real Decreto 825/1990, de 22 de junio, sobre el derecho de representación, consulta y participación de los consumidores y usuarios a través de sus Asociaciones.
Disposición adicional.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de junio de 1990 y la del 27 de agosto de 2005.
Tachado: lo que se quitó (49 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional.
El Consejo de Consumidores y Usuarios regulado en el presente Real Decreto promoverá el establecimiento de relaciones de colaboración con los Consejos que, de acuerdo con sus competencias, puedan crear las Comunidades Autónomas como órganos de representación y consulta de los consumidores y usuarios en sus respectivos ámbitos territoriales. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de agosto de 2005 En vigor | BOE-A-2005-14550 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 1990 | Texto original | Leer |


