Legislación › Real Decreto 75/1990, de 19 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos.
Art. 3.º Prescripción, elaboración, conservación, dispensación, administración y formulación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 1990 y la del 21 de febrero de 1996.
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Art. 3.º Prescripción, elaboración, conservación, dispensación, administración y formulación.
1. La prescripción de los tratamientos regulados en la presente norma será realizada por los facultativos de los Centros o Servicios acreditados.
2. La medicación utilizada para estos tratamientos será elaborada, cuando proceda, conservada, dispensada conservada y administrada dispensada por los servicios farmacéuticos de los Centros centros acreditados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.º o, 2. En defecto de los mismos, así como también en su defecto, el supuesto previsto en la disposición adicional segunda, dicha medicación será elaborada, cuando proceda, conservada y dispensada por los órganos competentes del Ministerio de Sanidad y Consumo la Administración sanitaria competente o por las oficinas de Farmacia farmacia acreditadas al efecto. El control de la administración de la indicada medicación será llevado a cabo por profesionales del equipo sanitario que reúnan los requisitos exigidos por las normas vigentes en cada Comunidad Autónoma.
3. En todo caso, la elaboración, conservación o dispensación de la medicación a que hace referencia el apartado anterior estará sujeta a la normativa vigente sobre estupefacientes, quedando sometida al control de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, o de los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas competentes en la materia.
4. Los medicamentos utilizados para estos tratamientos serán prescritos, formulados, dispensados y administrados en solución oral extemporánea, siempre que sea posible.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de febrero de 1996 En vigor | BOE-A-1996-3693 | Leer | Qué cambió |
| 19 de septiembre de 1990 | BOE-A-1990-23080 | Leer | Qué cambió |
| 24 de enero de 1990 | Texto original | Leer |


