Legislación › Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas de Castilla y León.
Art. 10.
Art. 10.
El Consejo de Bibliotecas de Castilla y León se reunirá con carácter ordinario al menos dos veces al año y de forma extraordinaria siempre que sea convocado por el Presidente o a petición de un tercio de sus miembros.


