Legislación › Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas de Castilla y León.
Art. 12.
Art. 12.
Se crea la Biblioteca de Castilla y León como cabecera funcional y técnica del sistema de bibliotecas de Castilla y León, la cual, sin perjuicio de las funciones que haya de desempeñar en el ámbito local o provincial, deberá cumplir los cometidos que le son propios como central y primer centro bibliográfico del sistema.


