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Legislación › Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas de Castilla y León.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

La Consejería de Cultura y Bienestar Social cuidará de que el personal actualmente en funciones que no tenga la formación y la titulación adecuadas pueda acceder a ellas.

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