Legislación › Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.
Art. 4.
Art. 4.
El Presidente convocará el Pleno por propia iniciativa y cuando lo pidan, al menos, tres Magistrados.


