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Legislación › Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.

Art. 54.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de agosto de 1990 y la del 21 de octubre de 1994. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 54.
El Gerente del Tribunal Constitucional será nombrado por el Presidente, a propuesta del Pleno, previo concurso público de la Junta de Gobierno, por el procedimiento de libre designación, entre funcionarios del grupo A de las Administraciones Públicas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de octubre de 1994 En vigor BOE-A-1994-23074 Leer Qué cambió
3 de agosto de 1990 Texto original Leer

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