Legislación › Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 38. Adquisición de la condición de funcionario.
Artículo 38. Adquisición de la condición de funcionario.
La condición de funcionario se adquiere por el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Superar las pruebas de selección de acuerdo con la convocatoria.
b) Nombramiento conferido por el Consejero de Administraciones Públicas.
c) Juramento o promesa de lealtad al Rey, de acatamiento de la Constitución, el Estatuto de Autonomía de La Rioja y el ordenamiento jurídico vigente.
d) Toma de posesión en el plazo reglamentario.


