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Legislación › Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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Téngase en cuenta que el Consejo de Gobierno, por decreto publicado únicamente en el Boletín Oficinal de La Rioja, procederá a integrar los Cuerpos o Escalas creados en esta Ley a los funcionarios titulares de plaza que puedan ser asumidos o transferidos a la administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, según establece la disposición transitoria 4.

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